Calculadora de Baja por Incapacidad Temporal

Averigua cuánto cobrarás estando de baja médica según el origen de la incapacidad (enfermedad común, accidente no laboral o accidente de trabajo) y tu base de cotización.

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¿Cuánto se cobra de baja?

Enfermedad común o accidente no laboral:

Días de bajaPrestaciónQuién paga
Días 1-30% (salvo mejora de convenio)—
Días 4-1560% de la base reguladoraEmpresa
Días 16-2060% de la base reguladoraSeguridad Social / Mutua
Día 21 en adelante75% de la base reguladoraSeguridad Social / Mutua

Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, a cargo de la mutua.

Mejoras de convenio

Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100% del salario, total o parcialmente, durante determinados periodos. Revisa tu convenio: puede cambiar sustancialmente lo que cobras.

Duración máxima

La IT dura como máximo 365 días, prorrogables 180 más si se prevé curación. Agotado ese plazo, el INSS evalúa una posible incapacidad permanente.

Preguntas frecuentes

¿Cobro los 3 primeros días de baja?
Por ley no se cobra nada los días 1 a 3 en enfermedad común, salvo que tu convenio colectivo establezca una mejora. En accidente de trabajo sí se cobra desde el día siguiente a la baja (75%).
¿Cuánto cobraré de baja con un sueldo de 1.500 €?
Con una base reguladora diaria de unos 50 €, cobrarías 0 € los días 1-3, unos 30 €/día del 4º al 20º (60%) y 37,50 €/día a partir del 21º (75%), salvo que tu convenio complemente hasta el 100%.
¿La baja cuenta para la antigüedad y las vacaciones?
Sí. Durante la IT el contrato está suspendido pero la antigüedad sigue computando y sigues generando derecho a vacaciones, que podrás disfrutar al alta aunque haya terminado el año natural.
¿Me pueden despedir estando de baja?
El despido durante una baja médica puede ser declarado nulo si se acredita que la causa es la propia enfermedad (discriminación), especialmente tras la Ley 15/2022. Si te ocurre, consulta de inmediato: los plazos de impugnación son de solo 20 días hábiles.

¿Prefieres que lo calculemos por ti?

Las calculadoras son orientativas. Para un cálculo exacto adaptado a tu situación, nuestros asesores te atienden sin compromiso.

Los resultados de las calculadoras de MarXal son orientativos y no constituyen asesoramiento profesional. La normativa fiscal y laboral cambia con frecuencia; para decisiones importantes, consulta con nuestros asesores.